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Sociedad

Con tesis de grado lograron revisión de sobretasa a la gasolina

03/05/2019
Por: Juan Diego Restrepo Toro - Periódico Alma Máter

La Corte Constitucional les dio la razón a dos estudiantes de Economía que encontraron que el cálculo de la sobretasa a los combustibles líquidos no solo es inexacto, sino que también viola el principio de legalidad tributaria.

Más que un requisito para optar al título de economistas, el trabajo de grado de David Jiménez Mejía y Víctor David Bernal Pavas tendrá impacto en el bolsillo de los colombianos, tengan o no automóvil.

Los jóvenes investigadores de la Facultad de Ciencias Económicas querían saber cómo han funcionado las políticas de estabilización del precio de los combustibles líquidos, entre ellos de la gasolina y el ACPM. El rastreo tuvo como punto de partida el año 2009, cuando se creó el Fondo de estabilización de los precios de los combustibles —FEPC—, y llegó hasta diciembre de 2016.

Con ese fondo, el Estado busca evitar que los incrementos inesperados en los precios internacionales de los combustibles se repliquen en los valores de venta al consumidor nacional. Las políticas de estabilización podrían explicar por qué cuando el precio internacional del petróleo cae, en Colombia los precios de la gasolina se mantienen e incluso, como sucedió en el 2015, a veces suben.

Para comprender el asunto, los investigadores analizaron el comportamiento y la composición de estos precios, que se denominan tarifarios. Es decir que se componen de varias tarifas, que al sumarse resultan en el precio final que se cobra en los surtidores. Una buena parte, casi el 55 % del valor en las estaciones de servicio, corresponde al ingreso al productor, que es el que recibe el refinador o importador del combustible en Colombia, por ejemplo Ecopetrol.

El precio misterioso

Jiménez y Bernal encontraron dos preocupaciones en el camino. La primera, que la forma de cálculo del ingreso al productor, que se establece mes a mes por parte del Ministerio de Minas y Energía, no sigue una metodología estricta y lo hace de manera discrecional, según lo que estime el mismo Ministerio. La otra, que la base gravable sobre la cual se fija la sobretasa a la gasolina también carece de parámetros definidos y claros.

Es decir que la sobretasa, que corresponde a un porcentaje del precio de mercado, es definida arbitrariamente por el Ministerio. «El principal problema es que ese porcentaje no se está cobrando sobre el precio de referencia del mercado, sino sobre un precio artificial y por encima», explicó Bernal Pavas.

Este impuesto es tan importante que incide en el precio de los alimentos y del transporte público en el país. Además, mega-obras como el Metro de Medellín o el futuro metro de Bogotá, son financiadas con él.

A partir de estos hallazgos, Jiménez Mejía, quien además de economista es abogado, presentó una demanda en septiembre del 2017, alegando ante la Corte Constitucional que esta forma de cálculo era inconstitucional porque violaba el principio de legalidad tributaria, que implica que solo los organismos de representación popular pueden imponer tributos.

La Sala Plena de la Corte Constitucional, mediante la sentencia C-030/19, declaró inconstitucional el artículo 121 de la Ley 488 de 1998, que definía que la base gravable «está constituida por el valor de referencia de venta al público de la gasolina motor tanto extra como corriente y del ACPM, por galón, que certifique mensualmente el Ministerio de Minas y Energía». Además, ordenó que le corresponde al Congreso Nacional y no al Ministerio, la responsabilidad de establecer los criterios específicos del cobro, en un plazo no mayor a dos legislaturas.

«Ahora será interesante observar cómo se dará esa discusión en el Congreso —señaló David Jiménez Mejía—. Hay que dejar de administrar los precios de los combustibles, si vamos a hablar de una política de regulación, que sea seria, que tenga criterios objetivos y que cualquier ciudadano pueda saber cómo se calcula ese precio».

Aunque los estudiantes estuvieron a punto de desistir de su investigación porque les fue difícil acceder a los datos, su tesis fue laureada por el jurado académico. Sin embargo, la sentencia le dejó un sinsabor a Jiménez. «Al otro día e este fallo, los precios de los combustibles debieron haber caído, si la decisión hubiera tenido efecto inmediato. Pero como la Corte moduló los efectos del fallo y le dio dos años al Congreso para legislar, mientras tanto los contribuyentes tenemos que seguir pagando esa sobretasa que fue declarada inconstitucional».

Por ahora los precios al consumidor final no van a cambiar y habrá que esperar que el Congreso establezca la nueva forma del cálculo. Sin embargo, Jiménez y Bernal —recién graduados como economistas— esperan que su tesis se traduzca en un alivio para el bolsillo de las familias colombianas.

Infografía: Mónica Valencia Arismendy.

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