España realizará formularios de salud pública a los turistas antes de viajar al país para facilitar la localización de los contactos en caso de contagio y hará controles documentales, visuales y de temperatura a su llegada al país.
Según una orden publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), este tipo de formularios -basado en el Passenger Location Card- recoge información tal como la dirección de la estancia en España, antecedentes de viajes y cuestiones de carácter médico, relacionadas con la sintomatología del coronavirus.
Cumplimentación antes de llegar al país y código QR
Su cumplimentación deberá realizarse antes de llegar a España por vía electrónica a través de la dirección www.spth.gob.es o mediante el uso de la aplicación gratuita SPAIN TRAVEL HEALTH-SPTH.
Cuando esté cumplimentado, el pasajero recibirá un código QR que deberá presentar en los controles sanitarios a la llegada a España. El BOE establece que "las agencias de viaje, los operadores turísticos y compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes aéreos" deberán informar a los pasajeros de la obligatoriedad de presentar este formulario.
El formulario solicita datos como el número de vuelo, el número de asiento, la dirección de la estancia así como preguntas sobre si se ha tenido contacto con algún contagiado, si se presentan síntomas y si se ha visitado algún hospital o algún mercado de animales vivos en los últimos 14 días.
Se establece un periodo transitorio -hasta el 31 de julio de 2020- en el que los pasajeros internacionales que no hayan podido cumplimentar telemáticamente el formulario de salud pública lo podrán presentar a su llegada a España en formato papel.
Si se detecta que un pasajero puede padecer Covid-19
Si se detecta que un pasajero puede padecer Covid-19, en el punto de entrada se realizará una evaluación médica "en la que se valorarán los aspectos epidemiológicos y clínicos del pasajero". Si se estima que es un riesgo para la salud pública, se le derivará a "un centro sanitario, en coordinación con las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas". La orden recogida en el BOE no establece la necesidad de realizar tests de detección.
Toma de temperatura
Antes de entrar en el país, los pasajeros deberán someterse a controles que pueden incluir la toma de temperatura y un control visual sobre el estado del pasajero, aparte del control documental ya mencionado.
En el control de temperatura, se establece como límite de detección una temperatura igual o superior a 37,5 ºC. Se hará mediante termómetros sin contacto o por cámaras termográficas. Tanto los datos requeridos como estas imágenes no serán almacenadas.
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