El presidente de México podrán ser imputado y juzgado por cualquier delito cometido a partir de mañana, después de que este viernes se publicara en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas a los artículo 108 y 111 de la Constitución mexicana, que implican cambio al fuero especial presidencial.

Con las nuevas disposiciones, los presidentes podrán ser juzgados mientras ocupen el cargo por delitos como traición a la patria, corrupción y delitos electorales, entre otros, como cualquier otro ciudadano.

Y aunque la noticia se difundió como que se acaba el fuero presidencial, especialistas refieren que es falso que desaparezca, pues el trámite de desafuero para que pueda ser imputado, se conserva.

Para proceder penalmente contra el presidente sólo se necesitará acusarlo ante el Senado, el cual atenderá el caso conforme a la legislación vigente. Para esto, serán derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el acuerdo.

Recordemos que el pasado 26 de noviembre, el Senado aprobó con 89 votos a favor y 23 en contra de los cambios al fuero presidencial, casi dos años después de que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) presentara la iniciativa.

La publicación en el DOF de da luego de que fuera aprobador por las legislaturas estatales.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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