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A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

El Grupo Parlamentario Confederal Unidas Podemos – En Comú Podem – Galicia En


Común, a través de sus diputados Yolanda Díaz Pérez y Antón Gómez-Reino Varela, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la
Cámara, presenta la siguiente Pregunta Escrita relativa a la sentencia del Tribunal
Supremo sobre la anulación de la autorización administrativa previa y el proyecto de
ejecución de la planta de Reganosa en Mugardos (A Coruña).

Congreso de los Diputados, 27 de agosto de 2019

Yolanda Díaz Pérez Antón Gómez-Reino Varela

Galicia En Común Galicia En Común

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Boletín Oficial de la provincia de A Coruña publicó el 20 de agosto de 2019 el


anuncio de la Dirección del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno
en Galicia (Ministerio de Política Territorial y Función Pública) por el que se somete a
información pública la solicitud de autorización administrativa, el proyecto de
ejecución y el estudio de impacto ambiental de la planta de recepción,
almacenamiento y regasificación de gas natural licuado en el lugar de Punta
Promontoiro, Mugardos (A Coruña). El proyecto de ejecución de la planta de
recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado está sujeto, ahora, a
evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Esta nueva solicitud se realiza después de que la Sección Quinta de la Sala de lo


Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en su sentencia 1075/2019 de 17
de julio, haya declarado contraria a derecho la exención del trámite de evaluación de
impacto ambiental aprobada por el Consejo de Ministros de 27 de mayo de 2016,
gobierno en funciones presidido por Mariano Rajoy, a la regasificadora de Mugardos (A
Coruña).

Esta sentencia, la quinta en contra del acuerdo del Consejo de Ministros, es inapelable
y establece que “la importancia de la planta, desde la perspectiva ambiental, no
encaja en las razones de situación excepcional y de inmediata urgencia, alegadas por
el Consejo de Ministros, este en funciones”. Recordemos que el Gobierno en funciones
de Mariano Rajoy justificó en su día la exención por las consecuencias negativas que
supondría para el sistema gasista español y portugués una eventual paralización de la
planta si se tramitara la evaluación de impacto ambiental, incurriendo así en
manifiesta ilegalidad, después de que el Tribunal Supremo anulara en cuatro
sentencias firmes anteriores, las diferentes autorizaciones otorgadas a Reganosa:
modificación del Plan de Urbanismo, administrativa previa, autorización de
construcción y Plan de Emergencia.

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El acuerdo del Consejo de Ministros, ahora declarado ilegal, permitió tramitar de
urgencia las nuevas licencias de funcionamiento de la planta, favoreciendo que
Reganosa siguiera funcionando desde mayo de 2016 hasta ahora. La novedad de esta
sentencia radica en que al declarar nulo el acuerdo del Consejo de Ministros, las
autorizaciones concedidas dimanantes del mismo carecen de apoyo legal y deberían
ser anuladas.

Además, está demostrado que la planta de Reganosa es innecesaria para el sistema


gasista. Su producción media está por debajo del 25% de su capacidad. Los
gaseoductos existentes, ahora cerrados, tienen capacidad suficiente para garantizar la
demanda gallega. El exceso de capacidad que representa Reganosa encarece el recibo
de la luz y el recibo del gas de una planta que nos cuesta a la ciudadanía más de 60
millones de euros al año.

El Plan Anual de Descargas 2019 publicado el 15 de noviembre de 2018 por el Gestor


Técnico del Sistema gasista (ENAGAS -GTS), para dar cumplimiento a lo establecido en
el apartado 4.1.2 del PD-07 “Programaciones, nominaciones y renominaciones en
infraestructuras de transporte del sistema” y a lo establecido en PD-13 “Asignación de
fechas de descarga de buques en plantas de regasificación”, recogía las descargas de
buques gaseros previstas para 2019 en las distintas plantas de regasificación.

En el caso de la planta de Mugardos (A Coruña) se preveían únicamente 3 descargas, lo


que supone un descenso con respecto al año anterior, y además se afirma que “con las
descargas programadas (por los usuarios) en este ejercicio de programación en
Mugardos, no es viable el funcionamiento de dichas plantas siendo necesario la
aportación de más descargas en las mismas para garantizar su regasificación mínima y
carga de cisternas” y solicita que se asignen más descargas.

En consecuencia, comprobamos que se pretende, de manera artificial, derivar


descargas a la planta de Mugardos, antes imprescindible según el Acuerdo de
Ministros ahora anulado por el Tribunal Supremo, para garantizar la viabilidad de una
planta instalada dentro de un perímetro urbano, con riesgos tanto para la población
como para el medioambiente de un entorno frágil como es la Ría de Ferrol y el propio
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tráfico marítimo en la misma, que han sido puestos de manifiesto en los numerosos
estudios presentados ante distintas instancias jurídicas, y que lleva varios años
operando de forma ilegal.

Por todo lo expuesto, los diputados Yolanda Díaz Pérez y Antón Gómez-Reino Varela
presentan las siguientes preguntas escritas:

1. Tras esta nueva sentencia del Tribunal Supremo, ¿contempla el Gobierno


ordenar la paralización del funcionamiento de la planta de gas de Reganosa en
Mugardos?

2. En caso negativo, ¿cuáles son los motivos que alega el Gobierno para no
ordenar la paralización de una actividad que no se ajusta a la legalidad
vigente?

3. Tiene previsto el Gobierno llevar a cabo una auditoría en Reganosa para valorar
la viabilidad económica de la misma a la vista de los datos públicos que existen
y que demuestran que opera al 25% de su capacidad?

4. ¿Mantiene el Gobierno el mismo posicionamiento que en su día justificó el


ejecutivo de Mariano Rajoy, de las consecuencias negativas que supondría para
el sistema gasista español y portugués una eventual paralización de la planta?
En caso afirmativo, ¿cuáles son esas consecuencias negativas toda vez que el
Plan Anual de Descargas 2019 del Gestor Técnico del Sistema gasista (ENAGAS
-GTS) sólo contempla 3 descargas en el año 2019?

5. ¿Cuándo tiene previsto el Gobierno en funciones emitir resolución relativa a la


autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de las
instalaciones de Reganosa en Mugardos?

6. ¿Contempla el Gobierno en funciones la aprobación de la mencionada


autorización al igual que había hecho el Gobierno del PP, anulada en varias
sentencias el Tribunal Supremo?

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7. ¿Cuándo tiene previsto el Gobierno emitir la correspondiente declaración de
impacto ambiental de la citada instalación? ¿Contempla hacerlo mientras el
Gobierno está en funciones?

8. Ante la situación actual de ilegalidad en la que se encuentran estas


instalaciones, ¿las empresas aseguradoras cubrirían los daños y perjuicios que
pudieran producirse en caso de accidente?

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