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Document 32019D0434
Commission Decision (EU) 2019/434 of 27 February 2019 on the proposed citizens' initiative entitled ‘Europe CARES — Inclusive Quality Education for Children with Disabilities’ (notified under document C(2019) 1545)
Decisión (UE) 2019/434 de la Comisión, de 27 de febrero de 2019, sobre la propuesta de iniciativa ciudadana titulada «Europe CARES: una educación inclusiva de calidad para los niños con discapacidad» [notificada con el número C(2019) 1545]
Decisión (UE) 2019/434 de la Comisión, de 27 de febrero de 2019, sobre la propuesta de iniciativa ciudadana titulada «Europe CARES: una educación inclusiva de calidad para los niños con discapacidad» [notificada con el número C(2019) 1545]
C/2019/1545
OJ L 75, 19.3.2019, p. 103–104
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
19.3.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 75/103 |
DECISIÓN (UE) 2019/434 DE LA COMISIÓN
de 27 de febrero de 2019
sobre la propuesta de iniciativa ciudadana titulada «Europe CARES: una educación inclusiva de calidad para los niños con discapacidad»
[notificada con el número C(2019) 1545]
(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana (1), y en particular su artículo 4,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El objeto de la propuesta de iniciativa ciudadana titulada «Europe CARES: una educación inclusiva de calidad para los niños con discapacidad» es el siguiente: «El derecho a una educación inclusiva de niños y adultos con discapacidad en la Unión Europea». |
(2) |
Los objetivos de la propuesta de iniciativa ciudadana son los siguientes: «Más de 70 millones de ciudadanos de la UE tienen una discapacidad y 15 millones de niños tienen necesidades educativas especiales. Los niños y los adultos con discapacidad se enfrentan a excesivas barreras a la hora de ejercer su derecho a una educación inclusiva de calidad. Muchos de ellos son atendidos en instituciones segregadas y los que están a cargo de la enseñanza general reciben a menudo un apoyo inadecuado. Pedimos a la Comisión Europea que elabore un acto legislativo sobre un marco común de la UE para la educación inclusiva, que garantice que ningún niño se quede a la zaga en lo que se refiere a los servicios de intervención temprana, la educación y la transición hacia el mercado laboral.» |
(3) |
El anexo a la iniciativa ciudadana propuesta menciona ámbitos específicos para que formen parte de un marco común de la UE para la educación inclusiva, que pueden clasificarse en las siguientes rúbricas: «Intervención temprana, habilitación y rehabilitación»; «Identificación - detección de niños con problemas - asignación a instituciones apropiadas - previa solicitud»; «Una educación pública adecuada y gratuita»; «Cláusula de no rechazo»; «Participación de los padres»; «Entorno menos restrictivo»; «Plan educativo individualizado (PEI)»; «Mecanismos de evaluación alternativos y certificación basada en las habilidades»; «Transición al mercado laboral»; «No discriminación»; «Desarrollo personal y formación de los profesores». |
(4) |
El Tratado de la Unión Europea (TUE) consolida la ciudadanía de la Unión y refuerza aún más el funcionamiento democrático de la misma al disponer, entre otras cosas, que todo ciudadano tiene derecho a participar en la vida democrática de la Unión mediante una iniciativa ciudadana europea. |
(5) |
Para ello, los procedimientos y requisitos necesarios aplicables a la iniciativa ciudadana deben ser claros, sencillos, fáciles y proporcionados a la naturaleza de la misma, de modo que se fomente la participación de los ciudadanos y que la Unión sea más accesible. |
(6) |
Los Tratados prevén la adopción, a efectos de su aplicación:
|
(7) |
Por esos motivos, la propuesta de iniciativa ciudadana no queda manifiestamente fuera del marco de competencias de la Comisión para presentar una propuesta relativa a un acto jurídico de la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados de conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra b), del Reglamento. |
(8) |
Además, se ha constituido un comité de ciudadanos y se ha nombrado a personas de contacto, de conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Reglamento, y la iniciativa ciudadana propuesta no es ni manifiestamente abusiva, frívola o temeraria, ni manifiestamente contraria a los valores de la Unión establecidos en el artículo 2 del TUE. |
(9) |
Procede por tanto registrar la propuesta de iniciativa ciudadana titulada «Europe CARES: una educación inclusiva de calidad para los niños con discapacidad». |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda registrada la propuesta de iniciativa ciudadana titulada «Europe CARES: una educación inclusiva de calidad para los niños con discapacidad».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 4 de marzo de 2019.
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión son los organizadores (miembros del comité de ciudadanos) de la propuesta de iniciativa ciudadana titulada «Europe CARES: una educación inclusiva de calidad para los niños con discapacidad», representados por las Sras. Maria Madalina TURZA y Violeta GIURGI, que actúan como personas de contacto.
Hecho en Bruselas, el 27 de febrero de 2019.
Por la Comisión
Frans TIMMERMANS
Vicepresidente