Decreto 1425/2020

MODIFICACION DECRETOS DE AUTORIZACIÓN ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL MARCO DE LA PANDEMIA POR COVID-19

Ref: Exp. 1-110-2055-2020

Bahía Blanca, 28  de agosto de 2020.-
 
Visto las presentes actuaciones por las que se llevan adelante una serie de disposiciones y medidas en el Partido de Bahía Blanca con el fin de mitigar la propagación e impacto sanitario del virus denominado Coronavirus (COVID-19), atento la declaración de Emergencia Sanitaria dictada en los diferentes niveles del Estado, y
Considerando:
Que en el marco de esta emergencia, el Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad, en sesión del día 30 de julio de 2020, sancionó el Decreto 23/2020, por el cual se dispuso la creación de la comisión especial de "colaboración y participación para la reactivación económica en defensa del trabajo y la producción".-
Que dicha comisión ha analizado y recomendado al Departamento Ejecutivo el otorgamiento de propuestas, estrategias y/o sugerencias para la apertura y/o desarrollo de aquellas actividades cuyas respectivas autorizaciones se encuentren pendientes de resolución en los ámbitos del Gobierno Provincial o Nacional.-
Que en tal sentido este Departamento Ejecutivo ha dictado los Decretos Nº 1295/2020, 1320/2020 y 1401/2020,   de autorización de diversas actividades culturales,  deportivas y de otra índole, que se encontraban  sin funcionar.-
Que algunos actores involucrados en el desarrollo de dichas actividades han planteado la necesidad de que se los autorice a funcionar los días domingo, ya que algunos deportes son transmitidos en televisión  ese día, tal el caso del automovilismo, speedway, midgets, entre otros.
Que por lo expuesto y a fin de dar resolución al planteo antes mencionado, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
 

ARTICULO 1º)- Disponer que las actividades deportivas, culturales y de otra índole, autorizadas a funcionar por Decretos Nº 1295/2020, 1320/2020 y 1401/2020, podrán desarrollarse de lunes a domingo, a partir del día 29 de agosto de 2020.

ARTICULO 2º) - Cúmplase, publíquese, dése al R.O., tomen nota las dependencias que correspondan y RESERVESE.