El Supremo obliga a Tres Cantos y Colmenar a pagar 21 millones a la Comunidad

MAD-URBANISMO TAGARRAL

Colmenar Viejo, 4 dic (EFE).- El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Comunidad de Madrid en su petición de que los Ayuntamientos de Colmenar Viejo y Tres Cantos le paguen los 21 millones de euros que cada a uno le corresponde abonar, por una multa de 63 millones de euros que afrontó inicialmente la Comunidad, aunque afectaba a los tres, por un cambio de suelo que fue denunciado por los propietarios.

La Comunidad asumió el pago en su totalidad para frenar la suma de intereses a la multa y, posteriormente, reclamó a los Consistorios de Tres Cantos y Colmenar Viejo “su parte” de la deuda, pero ambos municipios llevan años negándose.

La Comunidad de Madrid interpuso el pasado febrero un recurso de casación en el Tribunal Supremo ante el último fallo de este conflicto que mantiene con Colmenar y Tres Cantos sobre la finca de El Tagarral.

El caso se remonta a 1987, cuando la Comunidad aprobó la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Colmenar Viejo, que cambiaba la calificación de un suelo -que ahora pertenece a Tres Cantos- de urbanizable programado a suelo no urbanizable.

En 2003 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) condenó a las tres administraciones a pagar 42 millones a los propietarios del suelo, aunque finalmente la cifra ascendió a 63 millones por los intereses de demora.

Entonces, la Comunidad comenzó a pedir a los dos ayuntamientos el reintegro de "su parte" y, ante la falta de respuesta, en 2016 lo llevó a la vía judicial, a través de un recurso contencioso administrativo.

Tras varios periplos, el TSJM dio la razón en 2018 a Colmenar Viejo en su rechazo a pagar por considerar, entre otras razones, que la Comunidad de Madrid “no motivó el alcance de la culpa aplicable a cada una de las tres administraciones que están declaradas responsables solidarias”.

Finalmente, el Ejecutivo autonómico lo llevó al Supremo, que sí considera justificado en su fallo, al que ha tenido acceso Efe, que las tres administraciones que fueron declaradas responsables solidarias (la Comunidad, Colmenar Viejo y Tres Cantos) deben pagar “a partes iguales”.

En este sentido, especifica que "está justificada la reclamación por partes iguales efectuada por la Administración autonómica, que efectuó el pago íntegro de la deuda, a las demás administraciones declaradas responsables solidarias”.

También sostiene el Supremo que los Ayuntamientos de Tres Cantos y Colmenar Viejo nunca han llegado a mencionar “unos concretos porcentajes o criterios de distribución que justifiquen la no aplicación de la presunción de distribución por partes iguales”. EFE

pcl/jcf

Mostrar comentarios
Cargando siguiente contenido...