La Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo no reservado, el proyecto de decreto que le fue devuelto ayer mismo por la Cámara de Senadores, relativo al llamado ‘Plan B’ de la reforma electoral que impulsó el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y Morena.

Con 269 votos a favor, 217 en contra y cero abstenciones, se aprobó el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la General de Partidos Políticos y Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

En lo particular, con 262 votos a favor, 217 en contra y ninguna abstención, el Pleno aprobó una reserva para eliminar un párrafo del artículo 12 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que decía:

“Los partidos políticos podrán postular candidatos bajo la figura de candidatura común. En este caso aparecerá en un mismo recuadro de la boleta electoral el logo o emblema de los partidos que decidan participar en esta modalidad. Los partidos deberán celebrar un convenio de distribución de los votos emitidos”.

Esta fue la cláusula que generó polémica por avalar la transferencia de votos, y que fue señalada como un intento de dar ‘vida eterna’ a los aliados del partido en el poder. Al haberse aceptado la modificación, el dictamen regresó al Senado para su aval.

El dictamen avalado modifica el artículo 87 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, relativa a que cada partido es responsable del ejercicio libre de sus prerrogativas y presentará por sí mismo la comprobación correspondiente, esto aplica a los procesos en los que los partidos políticos vayan en coalición.

En tanto, las modificaciones al artículo 11, numerales 1 y 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, señalan que ninguna persona puede registrarse como candidato a distintos cargos de elección popular en el mismo proceso electoral, y tampoco podrá ser candidato para un cargo federal de elección popular y simultáneamente para otro de las entidades federativas, municipios o demarcaciones territoriales.

También se agrega que los partidos políticos deberán incluir la postulación de sus candidaturas a diputaciones, por ambos principios, al menos 25 postulaciones a personas pertenecientes a una comunidad indígena, afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexual, residentes en el extranjero y jóvenes.

En cuanto a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se adicionó el párrafo segundo del numeral uno, del artículo 6, a efecto de que la promoción que realicen los organismos electorales, en todo caso será objetiva, imparcial y con fines informativos, y de ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, sino que deberá enfocarse en promover la discusión informada y la reflexión ciudadana.

Adicional se señala que los artículos promocionales y utilitarios que tengan por objeto difundir la imagen y propuestas del partido político, coalición o candidato, no podrán consistir en dádivas, la entrega o promesa de despensas, animales, tinacos, laminas, tarjetas, aparatos electrodomésticos, lentes, juguetes, cubetas, utensilios de cocina, útiles escolares y cosméticos.

Aquí se encontraba otro de los puntos que habían generado polémica. Se eliminó la disposición que proponía que al partido político nacional que no obtuviera, al menos, el 3% del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, se le cancelará registro, salvo que haya conservado como partido local, en al menos la mitad más uno del total de las entidades federativas.

En votación separada, la Cámara de Diputados también aprobó en lo general y en lo particular con 265 votos a favor, 218 en contra, el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de propaganda gubernamental.

Con ello, se aceptaron los cambios realizados por el Senado de la República, y el dictamen se envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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