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Empagua corta servicio sin garantizar derecho de defensa a usuarios

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Reportaje

Empagua corta servicio sin garantizar derecho de defensa a usuarios

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Varios fallos de la Corte de Constitucionalidad (CC) permiten advertir que la Empresa Municipal de Agua (Empagua) de la Municipalidad de Guatemala, de forma sistemática y en los últimos 15 años, ha realizado cortes del servicio de agua potable a propietarios de inmuebles por supuestamente poseer contadores anómalos, sin siquiera garantizar a sus usuarios el derecho de defensa. Los funcionarios de Empagua evitan opinar acerca de los expedientes y, lejos de enmendar los procedimientos, crearon un nuevo reglamento que continúa avalando estas prácticas.

El 17 febrero de 2021, Armando recibió en su taller de servicios mecánicos la visita de inspectores de Empagua. Llegaron a su lugar de trabajo ubicado en la zona 1 de la capital de Guatemala y pidieron evaluar su contador de agua. La conversación duró pocos minutos. Le indicaron que su medidor era anómalo porque no reportaba el flujo real que se consumía en el inmueble.

Inmediatamente cortaron el agua y entregaron una citación al propietario del taller. Debía presentarse a las oficinas administrativas de Empagua para indicarle que si quería reinstalar el servicio debía cambiar el medidor y pagar una multa de 19,000 quetzales. Esto equivalía a lo que supuestamente se dejó de pagar desde que el contador presentó anomalías, a mediados de 2018.

No hubo espacio para defenderse o pedir una revisión en el Juzgado de Asuntos Municipales (JAM), según lo establecía el artículo 105 del Reglamento del Servicio Público de Agua, vigente el día de aquella visita al taller. Solo obtuvo un corte inmediato del servicio y la notificación de multa.

«Prácticamente me acusaron de delincuente, pero yo no tengo necesidad de robarle agua a la empresa municipal. Y el problema no era el contador. El problema es que el agua viene con sedimentos imposibles de detener porque la canalizan de ríos y otros cuerpos de agua. Eso se mete al contador, lo va dañando y lo atasca», asegura el mecánico para explicar que la causa del mal conteo está en la mala calidad del agua y no en supuestas intenciones para robarle a la municipalidad.

Plaza Pública tuvo acceso a un estudio del Instituto de Investigación en Ciencias Socio Humanistas (Icesh), de la Universidad Rafael Landívar, que revela  25 resoluciones de la CC, emitidas desde 2011 a la fecha, que advierten cómo estos cortes realizados de forma sistemática por Empagua son ilegales pues en ningún momento se le permite a los usuarios defenderse de los señalamientos.

Así que Armando no debió padecer ese calvario. Aun así, Empagua insiste.

El afectado presentó un amparo y no le resultó barato. Pidió auxilio de un abogado que le costó 10,000 quetzales, casi la mitad del pago que le requerían. Un juzgado le dio la razón y ordenó a Empagua reinstalar el servicio, puesto que se le castigó con el corte del suministro sin garantizar su derecho de defensa. El fallo fue apelado por abogados de Empagua, pero la CC confirmó la resolución y advirtió que nadie puede ser sancionado sin antes ser oído y vencido en juicio.

Armando es un nombre ficticio. Al igual que otras personas afectadas por este tipo de abusos, pide ocultar su verdadera identidad puesto que tiene en contra una denuncia en el JAM, por medio de la cual Empagua insiste en cobrarle la multa por el presunto contador anómalo.

Carlos Flores, funcionario de Empagua, dijo no conocer las resoluciones de la CC y evitó opinar, pero sí defendió los procesos que se siguen al hallar irregularidades y los cambios recientes en reglamentos.

Cortes desde 2016 se cuentan por miles

Al igual que este caso, hay otros 2,270 inmuebles, entre residencias, comercios, iglesias e instituciones educativas, a los cuales Empagua les ha cortado el suministro de agua desde 2016 a la fecha. Los datos, obtenidos por información pública, indican que poseen contadores anómalos o en mal estado. A juicio de la municipalidad, estos no permiten medir el consumo real de agua.

Hasta el año pasado, todos los  cortes se realizaban siguiendo el procedimiento que regulaba el artículo 100 del Reglamento del Servicio Público de Agua. Aquí se establecía que, al detectar contadores anómalos o conexiones fraudulentas, Empagua cortaría el servicio, retiraría el medidor y cobraría el valor del servicio que se dejó de pagar, más un recargo del 100 %. Este reglamento fue modificado en diciembre de 2023 y ahora el recargo equivale al 50 % del consumo cuando el contador ha sido manipulado.

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La única vía que los afectados tienen para reclamar es presentar amparos ante los tribunales de justicia, aunque la mayoría no lo hace puesto que este tipo de trámites conllevan costos judiciales que a menudo superan el valor de las multas que les exigen pagar.

Los expedientes en el máximo órgano constitucional, recopilados por el Icesh, se originaron por amparos que distintos juzgados civiles otorgaron a favor de propietarios de inmuebles. En todos los casos Empagua apeló, pero la CC mantuvo durante tres magistraturas distintas el criterio de que nadie puede ser sancionado sin antes haber sido citado, oído y vencido en un proceso legal ante el JAM.

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Castigo sin mediar palabra

El abogado Pío Uclés cuenta el caso de su clienta, una mujer que en la primera semana de diciembre de 2021 encontró en la puerta de su vivienda, en la zona 6 capitalina, una nota sin firma ni sello. Solo mostraba el logotipo de Empagua. Era una citación.

La nota se derivaba de una inspección que personal de la comuna realizó a su contador mientras ella no estaba. Al presentarse a la cita, le indicaron que su contador era anómalo y medía flujos de agua inferiores a los que realmente consumía.

Según el reglamento de Empagua, un medidor es anómalo cuando ha sido alterado para reportar consumos irreales, aunque en este caso Uclés asegura que el aparato no había sido manipulado, sino que probablemente se averió con el paso de los años.

Empagua no le cortó el agua de inmediato, pero amenazó con hacerlo si no cambiaba el medidor y pagaba casi 50,000 quetzales.

Nunca se realizó una investigación para determinar si ella realmente había manipulado el contador. Tampoco se inició un proceso administrativo o judicial mediante el cual la afectada se pudiera defender, sostiene el abogado.

«En la casa de mi clienta vivía su madre, una señora de 88 años. Por eso estaba preocupada. No hubo un procedimiento donde le dieran audiencia, entonces se presentó un amparo con el argumento de que se había violado el derecho de defensa, el principio de legalidad y el derecho humano a la salud», subraya Uclés.

Este amparo se presentó en un juzgado civil —un trámite por el cual los abogados no cobran menos de 15,000 quetzales, según el mismo profesional— y fue otorgado favorablemente. El juzgado ordenó a Empagua abstenerse de cortar el agua y anular el cobro del recargo.

Siete meses después llegó la resolución de la CC, que estableció que Empagua debió presentar una denuncia ante el JAM para que se realizara un proceso mediante el cual se le notificara a la propietaria del inmueble las anomalías detectadas y ella se pudiera manifestar.

«La autoridad (Empagua) está endilgando a la consumidora la anormalidad en el funcionamiento del medidor sin que exista un peritaje o dictamen en que se haya expresado tal situación ni resolución que así lo declare», razonó el juzgado.

Empagua apeló este amparo, pero la CC confirmó la resolución del juzgado y argumentó que las sanciones administrativas sólo pueden concretarse una vez exista «un proceso en el que se garantice el derecho de defensa de quien se pretende sancionar» frente a una autoridad competente.

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Suspensiones como fuente de ingresos

Los cortes de agua representan una fuente de ingresos para Empagua. Entre 2020 y 2024 ha percibido 20 millones 136,956 quetzales en concepto de recargos por contadores anómalos y agua no cobrada.

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Aunado a esto, cada vez que se suspende un servicio se le cobran al inmueble 400 quetzales y otros 300 quetzales para restablecerlo. Anteriormente esta última tarifa era de 84 quetzales, pero fue modificada por el acuerdo com-01-2024 aprobado por el anterior concejo el 8 de enero pasado, con la justificación de lograr una «autosuficiencia financiera».

Según reportes del Sistema de Contabilidad Integrada (Sicoin), entre 2020 y 2024 Empagua percibió 8 millones 225,540 quetzales en concepto de cortes y reconexiones. Para este año se tiene proyectado obtener 3 millones de quetzales, de los cuales ya se recibieron 464,615 quetzales.

Los recargos por contadores anómalos, según expedientes analizados por Plaza Pública, pueden ir desde los 10,000 quetzales hasta cerca del millón de quetzales por inmueble, dependiendo del uso.
El caso con el cargo más alto al que este medio tuvo acceso involucra a la Universidad Panamericana. En 2018 Empagua le intentó cobrar a dicha institución 977,000 quetzales luego de una inspección que se realizó en la sede de la universidad, ubicada en la diagonal 34, 31-43 de la zona 16, en la cual les notificaron que el medidor era anómalo porque no medía correctamente el flujo de agua.

Días después se cortó el servicio, pero la universidad fue amparada por un juzgado que ordenó reinstalar el agua y anular el cobro de la multa. Al igual que en el resto de casos, la Corte advirtió que Empagua omitió presentar una denuncia ante el JAM. En lugar de ello, sancionó de forma inmediata a la universidad sin darle la oportunidad de que se defendiera.

Se intentó contactar a directivos de esa casa de estudios, pero al cierre de esta edición no hubo respuesta del equipo legal.

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El mantenimiento del contador, un dilema

Flores, subgerente comercial de Empagua, asegura que son los vecinos quienes deben darle mantenimiento al contador, y no Empagua.

«Un medidor de mejor calidad le va a durar más tiempo. (Cuando se conecta a la red) usted firma un contrato en el que se establece que mi responsabilidad como Empagua termina en el momento en que el agua ingresa a su medidor. A partir de ahí, es responsabilidad del vecino mantener su medidor en buen estado», sostiene.

Esta declaración, no obstante, contradice el artículo 58 del anterior reglamento, en el cual se basaban para realizar los cortes hasta 2023. Acá se mencionaba que los usuarios aceptarían que, a su costa, Empagua colocara, revisara, reparara y sustituyera el contador cuando lo considerara necesario.

Armando, propietario del taller, comparte este criterio. «Si la municipalidad detecta que el contador está parado, entonces automáticamente tiene que informarle al usuario. Sin embargo, no avisa», señala.

El nuevo reglamento, aprobado en diciembre de 2023, divide las responsabilidades respecto al resguardo y mantenimiento del contador. El artículo 25, por ejemplo, dice que Empagua «revisará el funcionamiento —del medidor— con la finalidad que en todo momento el consumo sea correctamente registrado».  Sin embargo, en su artículo 36, señala que es obligación del usuario «mantener el buen funcionamiento» de equipos, artefactos hidráulicos o equipo de almacenamiento.

Nuevos cambios, pero sin enmendar el problema

En diciembre de 2023, la Municipalidad de Guatemala publicó el nuevo Reglamento de Servicio Público de Agua que reemplaza al que estuvo vigente por más de 30 años. En este se establece que al detectar un contador anómalo Empagua podrá cobrar el consumo pendiente más un recargo del 50 % del cálculo de consumo hasta por 5 años. Anteriormente, el recargo era del 100 %.

Al igual que el anterior, el nuevo reglamento también faculta a Empagua a realizar cortes de forma inmediata cuando a su juicio un inmueble tenga un contador anómalo. Es decir, de nuevo no contempla ningún procedimiento administrativo mediante el cual los usuarios puedan defenderse cuando los señalen de consumir agua de forma fraudulenta.

De esta forma, el concejo obvió las 25 resoluciones de la CC en las cuales se ordena a Empagua abstenerse de sancionar a los usuarios sin antes iniciar procesos ante el JAM.

Plaza Pública consultó al subgerente comercial de Empagua para saber por qué en el nuevo reglamento no se contemplan procedimientos que garanticen el derecho de defensa, tal como lo ha ordenado la CC.

Sin embargo, indicó que no conocía lo resuelto por la referida corte y prefería no pronunciarse sobre estos casos.

Flores se limitó a decir que todas las inspecciones de contadores se realizan en presencia de los vecinos.

«Tenemos unos bancos móviles en los que se analiza el medidor en presencia del vecino. Se ingresa a una máquina con un motor de flujómetro y si este mide más que el contador, entonces se determina que hay una discrepancia. Estos casos son comunes, no necesariamente son ilícitos sino solo es un medidor anómalo que no está midiendo correctamente —porque se averió en el transcurso del tiempo—», advierte Flores.

Asimismo, reconoce que previo a que el reglamento fuera reformado, no se hacía una diferenciación para aquellos casos en los que el contador había sido manipulado con la finalidad de reportar flujos inferiores, de aquellos otros en los que simplemente se había averiado con el paso del tiempo.

«Por eso era importante hacer el nuevo reglamento, para poder hacer esa distinción porque la gente —anteriormente— se asustaba cuando uno le decía “mire, su medidor es fraudulento”. Pensaban que se les estaba acusando, y simplemente se les decía que su medidor no estaba midiendo lo que tenía que medir. Para evitar la confusión, eso en el nuevo reglamento se aterriza más», añade Flores. 

Para los casos en que el contador se averió por el paso del tiempo, ahora se cobra el valor del servicio del agua no cobrado con base en el promedio de hasta los últimos cuatro consumos. Si el historial del consumo no es acorde al uso del suelo, se cobran 60 metros cúbicos por vivienda unifamiliar; 30 metros cúbicos por cada unidad habitacional en el caso de edificios de viviendas, y 75 metros cúbicos para inmuebles destinados a industrias, según el artículo 48 del nuevo reglamento.

Ahora, si el contador fue manipulado el usuario debe pagar el consumo no cobrado con base en los cálculos antes referidos, más un recargo del 50 %.

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Derecho humano al agua

Lisa Santos, quien analizó algunos de estos casos en el estudio del Icesh, explica que el anterior reglamento de agua reconocía en su artículo 104 que el competente para conocer y sancionar faltas a dicho cuerpo legal era el JAM.

Sin embargo, en el artículo 100 se hacía una excepción en los casos que Empagua comprobara la existencia de una conexión fraudulenta o un contador anómalo, puesto que la facultaba para cortar el servicio, retirar el medidor anómalo y luego remitir el informe circunstanciado al juzgado, sin antes realizar una investigación.

«(…) En estas excepciones y supuestos contemplados en el artículo 100 del Reglamento, se faculta a Empagua a aplicar sanciones de manera inmediata, sin seguir el procedimiento ante el JAM, contraviniendo así el Código Municipal», explica Santos en el estudio.

No obstante, enfatiza que es importante que la comuna investigue las razones por las cuales un contador puede mostrar desperfectos, puesto que las causas pueden ser no atribuibles al vecino.
«Lo que arruina un contador pueden ser factores ajenos al vecino y no hay una investigación de por medio. Empagua solo dice que hay una medición anómala del agua y de una vez sanciona al usuario.

Entonces esto se ha convertido en una forma de ganar dinero. Así lo veo yo», enfatiza Santos.

Asimismo, advierte que existen criterios de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos que establecen que si los cortes de agua obedecen a falta de pago, debe tomarse en cuenta la capacidad económica de la persona antes de interrumpir el servicio. Y en ningún caso puede privarse a una persona del mínimo indispensable para subsistir.

«El derecho humano al agua no significa que el suministro debe ser gratis porque llevar el agua hasta la residencia, con todos los requisitos de cantidad y calidad, conlleva un costo. Ahora bien, si alguien no tiene la capacidad de pago, las municipalidades tienen que, según los tratados y convenios internacionales, garantizar que la persona tenga el mínimo para subsistir o tenga acceso a otra fuente de agua», advierte Santos. 

Entre 2020 y 2023  los cortes disminuyeron por la pandemia. Sin embargo, con las reformas del reglamento a finales del año pasado, los cortes de agua realizados sin procedimientos que garanticen el derecho de defensa de los usuarios podrán continuar en 2024, al amparo de una nueva normativa, cuyas cláusulas violan garantías constitucionales e ignoran las advertencias que la CC ha hecho a Empagua durante más de una década.

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